Estarán vigentes a partir del 1 de enero del próximo año
La cantidad mínima a recibir será de 57.46 pesos en el Área geográfica "A"; 55.84 pesos en la "B" y de 54.47 pesos en la "C"
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los salarios mínimos generales y profesionales que estarán vigentes a partir del primero de enero de 2010.
La cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo será de 57.46 pesos en el Area geográfica "A"; 55.84 pesos en la "B" y de 54.47 pesos en la "C", de acuerdo con los salarios mínimos generales establecidos en la resolución.
Asimismo, la Comisión estableció por áreas geográficas los salarios mínimos para las profesiones, oficios y trabajos especiales entre ellos los de carpintero, enfermería, hojalatero, chofer de camión, velador, electricista, entre otros.
El Area geográfica "A" esta integrada por todos los municipios de Baja California y Baja California Sur, así como el Distrito Federal, además de otros municipio de diferentes estados; mientras que en el Area "B" se ubican algunos municipios de Jalisco, Nuevo León y Tamaulipas, entre otros.
Asimismo, el Area geográfica "C" esta integrada por municipios de los estados de Aguascalientes, Estado de México, Sonora y Veracruz, entre otros.
El Consejo de representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos sustenta sus decisiones en el objetivo de que el empleo productivo debe ser una meta fundamental de la política y de la estrategia nacional de desarrollo, y base de la estrategia de reducción de la pobreza.
Especificó que los salarios contractuales se continuarán revisando en la más amplia libertad de las partes, dentro de las condiciones específicas de cada empresa, al tomar en cuenta su productividad, competitividad y la necesidad de generar empleos productivos.
"De manera que el incremento que se determinó a los salarios mínimos, no sea la base ni el límite para las revisiones contractuales, sino que se considere la capacidad económica de cada empleador, su subsistencia y la necesaria reinversión del capital", puntualizó. México, D.F.
La cantidad mínima a recibir será de 57.46 pesos en el Área geográfica "A"; 55.84 pesos en la "B" y de 54.47 pesos en la "C"
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los salarios mínimos generales y profesionales que estarán vigentes a partir del primero de enero de 2010.
La cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo será de 57.46 pesos en el Area geográfica "A"; 55.84 pesos en la "B" y de 54.47 pesos en la "C", de acuerdo con los salarios mínimos generales establecidos en la resolución.
Asimismo, la Comisión estableció por áreas geográficas los salarios mínimos para las profesiones, oficios y trabajos especiales entre ellos los de carpintero, enfermería, hojalatero, chofer de camión, velador, electricista, entre otros.
El Area geográfica "A" esta integrada por todos los municipios de Baja California y Baja California Sur, así como el Distrito Federal, además de otros municipio de diferentes estados; mientras que en el Area "B" se ubican algunos municipios de Jalisco, Nuevo León y Tamaulipas, entre otros.
Asimismo, el Area geográfica "C" esta integrada por municipios de los estados de Aguascalientes, Estado de México, Sonora y Veracruz, entre otros.
El Consejo de representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos sustenta sus decisiones en el objetivo de que el empleo productivo debe ser una meta fundamental de la política y de la estrategia nacional de desarrollo, y base de la estrategia de reducción de la pobreza.
Especificó que los salarios contractuales se continuarán revisando en la más amplia libertad de las partes, dentro de las condiciones específicas de cada empresa, al tomar en cuenta su productividad, competitividad y la necesidad de generar empleos productivos.
"De manera que el incremento que se determinó a los salarios mínimos, no sea la base ni el límite para las revisiones contractuales, sino que se considere la capacidad económica de cada empleador, su subsistencia y la necesaria reinversión del capital", puntualizó. México, D.F.
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