Con la reducción de 3 a 1% en el arancel ad valorem para estas unidades, se refrenda la política de privilegiar el ingreso al país de vehículos de modelos más recientes, menos contaminantes y más seguros.
La Secretaría de Economía (SE) publicó el decreto por el que desde hoy fija en 1 por ciento el arancel aplicable a la importación definitiva de vehículos usados, con antigüedad de entre cinco y nueve años.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF) el arancel ad-valorem pasa de tres a 1 por ciento para las fracciones arancelarias incluidas en la fracción II del artículo 4 del decreto, que fija condiciones para la importación definitiva de vehículos usados, publicado el 24 de diciembre de 2008.
La fracción rige para "vehículos usados cuyo año-modelo sea de entre cinco y nueve años anteriores al año en que se realice la importación, que se importen definitivamente por residentes en la franja fronteriza norte, en Baja California y Baja California Sur".
Esto incluye los municipios de Cananea y Caborca, en Sonora, que se destinen a permanecer en dichas zonas y se clasifiquen en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación para el transporte de personas y de mercancías.
Para el transporte de personas, precisa las fracciones arancelarias, igual que en el caso del transporte de mercancía con peso total con carga máxima de hasta 11 mil 793 kilogramos.
Explica que la modificación se hizo luego que la reducción que se había realizado de 10 a tres por ciento en marzo pasado fue insuficiente para restablecer las condiciones de importación y recaudación fiscal que prevalecieron en 2008 para esas zonas.
Con la reducción de tres a 1 por ciento en el arancel ad valorem para estas unidades, se refrenda la política de privilegiar el ingreso al país de vehículos de modelos más recientes, menos contaminantes y más seguros.
Ciudad de México
La Secretaría de Economía (SE) publicó el decreto por el que desde hoy fija en 1 por ciento el arancel aplicable a la importación definitiva de vehículos usados, con antigüedad de entre cinco y nueve años.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF) el arancel ad-valorem pasa de tres a 1 por ciento para las fracciones arancelarias incluidas en la fracción II del artículo 4 del decreto, que fija condiciones para la importación definitiva de vehículos usados, publicado el 24 de diciembre de 2008.
La fracción rige para "vehículos usados cuyo año-modelo sea de entre cinco y nueve años anteriores al año en que se realice la importación, que se importen definitivamente por residentes en la franja fronteriza norte, en Baja California y Baja California Sur".
Esto incluye los municipios de Cananea y Caborca, en Sonora, que se destinen a permanecer en dichas zonas y se clasifiquen en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación para el transporte de personas y de mercancías.
Para el transporte de personas, precisa las fracciones arancelarias, igual que en el caso del transporte de mercancía con peso total con carga máxima de hasta 11 mil 793 kilogramos.
Explica que la modificación se hizo luego que la reducción que se había realizado de 10 a tres por ciento en marzo pasado fue insuficiente para restablecer las condiciones de importación y recaudación fiscal que prevalecieron en 2008 para esas zonas.
Con la reducción de tres a 1 por ciento en el arancel ad valorem para estas unidades, se refrenda la política de privilegiar el ingreso al país de vehículos de modelos más recientes, menos contaminantes y más seguros.
Ciudad de México
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