El Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo abre la posibilidad de crear más organismos subsidiarios de la paraestatal o reorganizar los existentes
Este miércoles entro en vigor el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, en donde se da flexibilidad a Petróleos mexicanos (Pemex) para contratar obras y servicios requeridos para la mejor realización de las actividades petroleras.
El ordenamiento jurídico reitera que será exclusivamente Pemex y sus organismos subsidiarios los únicos encargados de realizar las actividades de exploración y explotación en un área determinada por una duración específica, pero abre la oportunidad a permisionarios privados para la realización de las actividades de transporte, almacenamiento o distribución de hidrocarburos.
Asimismo, abre la posibilidad de crear más organismos subsidiarios de Pemex o reorganizar los existentes de conformidad con lo que decida el Consejo de Administración de la paraestatal.
De esta forma, se abroga el reglamento que había permanecido vigente desde hace 50 años. México, D.F.
El ordenamiento jurídico reitera que será exclusivamente Pemex y sus organismos subsidiarios los únicos encargados de realizar las actividades de exploración y explotación en un área determinada por una duración específica, pero abre la oportunidad a permisionarios privados para la realización de las actividades de transporte, almacenamiento o distribución de hidrocarburos.
Asimismo, abre la posibilidad de crear más organismos subsidiarios de Pemex o reorganizar los existentes de conformidad con lo que decida el Consejo de Administración de la paraestatal.
De esta forma, se abroga el reglamento que había permanecido vigente desde hace 50 años. México, D.F.
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